La ley ya entró en vigor. Así que, a partir de ahora, España reconoce el derecho a la baja laboral por menstruación incapacitante, una medida que busca garantizar la salud sexual y reproductiva de las mujeres que sufren dolores extremos durante su ciclo menstrual.
Según la ley, las trabajadoras podrán solicitar la baja temporal a su médico de cabecera, siempre que presenten un historial médico que acredite una patología previamente diagnosticada que cause dismenorrea o tensión abdominal. La baja será remunerada desde el primer día del periodo y tendrá una duración variable según el criterio médico. Y la Seguridad Social se hará cargo del subsidio, evitando así una posible discriminación por parte de las empresas.
La ley también contempla el permiso por interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo, y el concedido a partir de la semana 39 de gestación, que no se descontará de las 16 semanas de baja que corresponden por el nacimiento de un hijo. Estas medidas forman parte de la reforma de la ley del aborto que se aprobó en diciembre de 2022 y que también entró en vigor en las últimas horas.
La medida ha sido aplaudida por distintas organizaciones, que consideraron que se trata de un avance histórico para garantizar los derechos de las mujeres y visibilizar una realidad que afecta a muchas. Es que, según datos del Ministerio de Inclusión, se producen alrededor de 6000 incapacidades temporales al año por dismenorreas o tensión abdominal producida por la menstruación.
Sin embargo, también ha generado críticas por parte de algunos sectores que cuestionan la necesidad y la eficacia de la medida. Algunos argumentan que se trata de una norma discriminatoria que puede perjudicar a las mujeres en el mercado laboral. Otros señalan que se trata de una cuestión subjetiva y difícil de evaluar médicamente o que puede generar desigualdades entre las propias mujeres, según su situación personal o laboral.
En cualquier caso, la ley ya está en vigor y supone cambios en materia de salud sexual y reproductiva. A partir de ahora, las mujeres que sufran un dolor menstrual incapacitante podrán solicitar la baja sin miedo a ser juzgadas o penalizadas por ello.